¿Cuándo procede el recurso de hábeas corpus?

enero 14, 2022 || San José, Costa Rica

El Hábeas Corpus es un recurso especial, consagrado en la Constitución Política y regulado por la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Con ese recurso se pretende garantizar:

  1. El derecho a la libertad. Como la libertad tránsito.
  2. El derecho a la integridad personal.

Procede presentar dicho recurso contra:

  • Aquellos actos u omisiones que provengan de una autoridad de cualquier orden, incluso judicial.
  • Contra amenazas a la libertad y las perturbaciones o restricciones que establezcan las autoridades indebidamente.
  • Contra las restricciones ilegítimas del derecho a trasladarse de un lugar a otro de la República, libre permanencia, salida e ingreso en su territorio.

Se presenta ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y estará a cargo de su tramitación su Presidente o el Magistrado instructor.

Es un proceso, gratuito, sencillo, informal y sobre todo rápido:

  • Puede ser solicitado por cualquier persona, sea o no el perjudicado.
  • Por escrito, o mediante telegrama u otro medio de comunicación escrito.
  • No es necesario que el documento sea autenticado por un abogado.
  • Se puede presentar en cualquier momento, ya sea en días hábiles o no, feriados, incluso después de las horas ordinarias de trabajo.

Finalizado el trámite de la solicitud, la Sala resolverá en el plazo de cinco días y, si el recurso de habeas corpus es declarado con lugar, se ordenará restablecer al ofendido al pleno goce de su derecho o libertad que le hubieren sido transgredidos.