Derechos del usuario en el Poder Judicial

agosto 5, 2021 || San José, Costa Rica

De conformidad con el estatuto de la justicia y derechos de las personas usuarias del sistema judicial, la justicia es un servicio público y las personas tienen derecho a que se le brinde en los más altos niveles de eficiencia, probidad y respeto.

Las personas tienen derecho a exigir responsabilidades por errores judiciales o por el funcionamiento anormal de la administración de justicia, para lo cual, pueden acudir a la Contraloría de Servicios del Poder Judicial todas las personas incluidos menores de edad sin ningún costo y sin necesidad de cumplir ninguna formalidad.

La Contraloría, es un órgano adscrito al Consejo Superior del Poder Judicial que debe velar por que el usuario reciba la mejor atención en las diligencias que realice en cualquier despacho del Poder Judicial; tiene la obligación de resolver y dar respuesta de las quejas interpuestas por los usuarios con la mayor diligencia; dependiendo de su naturaleza deberán ser resueltas en el acto, ya sea vía telefónica o visita del personal al lugar de los hechos.

Si es de relativa complejidad, se pedirá informe en un plazo perentorio no menor de 24 horas ni mayor de 5 días al funcionario responsable y su resultado deberá ser comunicado en un plazo máximo de ocho días hábiles.

En el informe emitido anualmente por parte de la Contraloría de Servicios, para el año 2020, la queja más frecuente por parte de los usuarios, es el tiempo excesivo que tarda los despachos para resolver los asuntos, seguido del mal trato que brindan los funcionarios a las personas usuarias.

El incumplimiento por parte de funcionarios y jueces, de las disposiciones emitidas en los estatutos de la persona usuaria del Poder Judicial, se entenderá como falta grave o gravísima, según las consecuencias que haya tenido para las personas afectadas, lo que se precisará caso por caso y en tal virtud se sancionará disciplinariamente.