El derecho constitucional a “un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”
Nuestra Constitución Política protege los derechos y garantías sociales de los costarricenses, dentro de ellos, tenemos el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el cual se encuentra tutelado en el articulo 50 Constitucional.
Al respecto y en lo que interesa, nuestra Constitución establece que: “Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado; por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado”. Además, “El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho”; y será la ley, la que determinará las responsabilidades y sanciones correspondientes.
Mediante la vía del recurso de amparo, todo costarricense tiene la posibilidad de recurrir a la Sala Constitucional a exigir que se respete su derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, siempre que este haya sido vulnerado.
El recurso de amparo puede plantearse contra órganos o servidores públicos, así como sujetos de Derecho Privado, cuando éstos actúen en ejercicio de funciones o potestades públicas.
A manera de ejemplo, pensemos en un grupo de vecinos que se reúnen con el fin de interponer un recurso de amparo en contra de la Municipalidad de su localidad, esto con el fin de exigir el debido alcantarillado de su comunidad, ya que, en época lluviosa las aguas no drenan correctamente, generando así inundaciones y por consiguiente, plagas y malos olores en la comunidad.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que no debemos dejar de lado la responsabilidad penal que podrían acarrear algunas conductas que vayan en detrimento de este derecho constitucional, como por ejemplo delitos forestales o mineros.
En IURItec estamos preparados para la efectiva protección de sus derechos.