La protección de la propiedad intelectual y las pymes
Concientizar a las pequeñas y medianas empresas sobre la importancia de proteger la propiedad intelectual, no solo para incrementar la rentabilidad empresarial, sino para para favorecer el crecimiento de la economía nacional, es una tarea pendiente para el MEIC y para el Registro de Propiedad Intelectual; instituciones en las cuales no existe ninguna diferencia significativa en la tramitología y trato, cuando se trata de Pymes, mucho menos incentivos para aquéllas que registren su PI.
Nos enfocaremos en la marca, que es un signo utilizado para representar un producto o servicio y darle proyección comercial. Sólo después que la marca empieza a desarrollarse y producir resultados, se vende bien y tiene acogida entre los consumidores, puede generar una imagen de marca y los efectos derivados de esta imagen.
Establecer ese puente dinámico y sostenible entre productores y consumidores, es un trabajo arduo que se logra con el uso constante y la publicidad de la marca. Para crear una marca sólida es necesario que su dueño la proteja legalmente y hacer valer sus derechos frente a los infractores.
Es muy común que entre las marcas utilizadas por pymes y emprendedores encontremos signos similares para proteger un mismo producto o servicio, lo que provoca confusión entre los consumidores, restándole fuerza y solidez a la marca y promoviendo la competencia desleal.
Para determinar si una marca infringe el derecho de una marca existente, debemos: 1. Establecer la similitud entre los dos signos y entre los productos protegidos por los dos signos; 2. Concretar el riesgo de confusión.
Los consumidores para comprar nuestras marcas favoritas utilizamos la “memoria visual”, razón por la cual dos marcas similares para los mismos productos o servicios no pueden subsistir y la forma de contrarrestar estas prácticas desleales, es a través de su inscripción en el Registro de Propiedad Intelectual. Sin duda alguna, la “confusión” es un arma poderosa para las maniobras de competencia desleal.
Un ejemplo muy interesante sobre la subsistencia de dos marcas similares en el comercio y la importancia que tiene para las Pymes proteger su PI, para evitar confusiones en el consumidor a la hora de elegir el producto, es el siguiente:
Para determinar la similitud entre estas dos marcas y el daño que puede estarle haciendo, la que no está inscrita a la otra que sí lo está, debemos tomar en cuenta estos factores:
Comparación entre las marcas | ||
Red Rubies | Frutos Rojos | |
Función | Venta de frutas especialmente FR | Venta de frutas especialmente FR |
Uso | Comercial | Comercial |
Sector | Agrícola | Agrícola |
Canales de ventas | Redes sociales | Redes sociales |
Consumidores | GAM (situada en Cartago) | GAM (situada en Cartago) |
Pese a que las marcas fonéticamente son distintas y en dos idiomas diferentes, los signos son similares y protegen los mismos productos (frutos). Ambos nombres evocan lo que protegen: aunque “Red Rubies” está en inglés y es claro que es nombre de fantasía, como consumidor tenemos claro que venden especialmente “frutos rojos” o como ellos los llaman “red rubies”; por su parte la marca “Frutos rojos” precisamente eso es lo que vende, por lo tanto, confundirse a la hora de comprar una u otra marca, no es difícil. Otras correspondencias entre las marcas mencionadas que pueden engañar al consumidor, es que es en ambos casos la marca es para uso comercial, pertenecen al sector agrícola, sus canales de venta son los mismos (redes sociales y entrega puerta a puerta), ambas empresas están situadas en Cartago y están dirigidas a los consumidores de la Gran Área Metropolitana.
Invito a las pequeñas empresas a proteger su PI y a defenderla, para identificar y diferenciar de forma eficiente los productos y servicios que ofrecen en el mercado, permitiéndoles competir sanamente y sirviendo como herramienta para que los consumidores elijan los productos o servicios de su preferencia, sin generar confusión.